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Bruselas – La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Eleanor Sharpston recomendó este jueves a la corte que declare que Hungría, Polonia y República Checa violaron las normas europeas al no cumplir con el sistema de reubicación de refugiados desde Italia y Grecia acordado en 2015.

Ese año, ante la llegada masiva de demandantes de asilo a estos países, la UE adoptó dos decisiones para asegurar el reparto entre el resto de Estados de 40.000 refugiados llegados a las costas italianas y 120.000 arribados a las griegas, con el fin de aliviar la presión en su territorio.

Hungría y Eslovaquia recurrieron estas decisiones ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que desestimó sus alegaciones y declaró el sistema necesario y proporcionado en 2017.

En diciembre de ese año, la Comisión llevó a Hungría, Polonia y Chequia ante la corte por considerar que estaban violando sus obligaciones al no comprometerse a acoger ningún refugiado.

En la opinión emitida este jueves, la Abogada General del TJUE da la razón a la Comisión y subraya que estos tres países no pueden desobedecer la legislación comunitaria porque estén en desacuerdo con ella invocando su obligación de mantener el orden y proteger su seguridad interna.

En primer lugar, recuerda que el sistema de reubicación permite a los países negarse a acoger a un determinado demandante de asilo cuando haya «bases razonables para considerarle un peligro para la seguridad nacional o el orden público» y por tanto era «perfectamente posible» para Hungría, Polonia y Chequia preservar la seguridad y bienestar de sus ciudadanos.

En este sentido, subraya que la legislación comunitaria proporciona medios para proteger estos intereses, pero no permite ignorar sin más las obligaciones legales.

«El interés legítimo de los Estados miembros de preservar la cohesión social y cultural puede ser salvaguardado efectivamente con otros medios menos restrictivos que la negativa unilateral y completa a cumplir sus obligaciones conforme a la ley de la UE», dice la Abogada según un comunicado del Tribunal.

En segundo lugar, la letrada rechaza estos tres países puedan estar exentos de participar en la reubicación por el hecho de que fuese difícil procesar un gran número de solicitudes y recuerda que el sistema pactado proporciona mecanismos para solventar estos problemas.

Señala en concreto que otros países que tuvieron problemas solicitaron suspensiones temporales de sus obligaciones que les fueron concedidas, por lo que si Hungría, Polonia o Chequia realmente tenían dificultades éste «era claramente el camino a seguir», «en lugar de decidir unilateralmente que no era necesario cumplir».

«En lo que era claramente una situación de emergencia, era responsabilidad tanto de los Estados en primera línea como de los potenciales Estados de reubicación hacer que el mecanismo funcionase adecuadamente para aliviar la intolerable presión en los Estados de primera línea. De eso va la solidaridad», apunta.

Por último, la Abogada General recuerda que los miembros de la UE deben respetar tres principios: el Estado de Derecho, la cooperación sincera y el principio de solidaridad.

En este sentido, señala que incumplir las obligaciones legales «cuando no son bien acogidas o son impopulares es un peligroso primer paso hacia la ruptura de una sociedad gobernada por el Estado de Derecho». «Este mal ejemplo es particularmente pernicioso si lo sienta un Estado miembro», dice.

Y añade que el principio de solidaridad «necesariamente a veces implica aceptar compartir las cargas».

Con excepción de Eslovaquia, los países del denominado Grupo de Visegrado se han negado a reubicar en su territorio a demandantes de asilo llegados a la UE y convertido la cuestión migratoria en un argumento político de ataque a la Unión.