Tegucigalpa – Abril cierra con 19 mil 717 hondureños deportados tanto por la vía aérea y terrestre, según datos de la Secretaría de Relaciones Exteriores de Honduras.
Los datos oficiales publicados por el Observatorio Consular y Migratorio de Honduras (Conmigho), señalan que desde el 1 de enero hasta el 26 de abril suman 19 mil 717 hondureños retornados principalmente de México y Estados Unidos.
Las estadísticas oficiales revelan que durante marzo y abril en total 5 mil 686 hondureños fueron retornados, tiempo de emergencia a causa de la pandemia.
Lo anterior indica que las deportaciones de hondureños no han cesado durante la emergencia a causa del COVID-19.
A raíz de la pandemia, EEUU ha acordado con Canadá y México el cierre de sus fronteras. No obstante las deportaciones de este país hacia Centroamérica no han cesado.
En el presente año las autoridades migratorias de Estados Unidos han retornado a 8 mil 604 hondureños, entre ellos 668 menores de edad, añade el informe.
De igual manera, establece que las autoridades migratorias de México han repatriado a 10 mil 600 “catrachos”, entre los que se contabilizan mil 384 infantes.
Desde países de Centroamérica un total de 513 personas han regresado a Honduras en calidad de deportados, 96 menores entre ellos.
Los defensores de los derechos de los migrantes han resaltado el alto nivel de vulnerabilidad de los migrantes frente a la pandemia.
Consultado por Proceso Digital, el analista Ricardo Puerta señaló que el presidente estadounidense Donald Trump ha aprovechado la pandemia para cambiar las reglas del juego de trámites como asilo, residencia y solicitud de visas.
“Como no puede cambiar la ley, cambia el trámite de la ley aprovecha que aunque sale a flote no va a ser la noticia del día”, reflexionó el analista.
Cabe señalar que el acuerdo de cooperación para examinar las reclamaciones de protección suscrito en septiembre pasado en materia de inmigración por los gobiernos de EEUU y Honduras entró en vigencia este viernes.
El convenio delega a Honduras la responsabilidad de examinar, de acuerdo con su sistema de determinación de protección, la solicitud de asilo de cualquier persona que haya hecho ese requerimiento al llegar a un puerto de entrada o al cruzar la frontera entre los puntos de entrada a EEUU.