Un grupo de migrantes venezolanos, guatemaltecos, hondureños y mexicanos esperan para iniciar la solicitud de visa humanitaria afuera de la oficina fronteriza estadounidense de El Chaparral, en la frontera de la ciudad de Tijuana, en el estado de Baja California, con Estados Unidos. EFE/Alonso Rochin/Archivo

San Francisco – El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos determinó este jueves que miles de personas que solicitaron asilo antes de mediados de julio del año pasado, y a quienes se les negó la entrada con base en una política ordenada por el presidente Donald Trump que restringía esa protección, no están sujetos a ella.

La orden ejecutiva del «tercer país seguro», emitida por el mandatario el 15 de julio pasado y que entró en vigor al día siguiente, obliga a todos los solicitantes de asilo a demostrar que antes lo han pedido y que les ha sido negado en las naciones por las que han pasado en ruta hacia Estados Unidos.

Esto significa que un indocumentado guatemalteco que quiera solicitar asilo en EE.UU. tras llegar en ruta a pie, deberá antes pedirlo en México y esperar a que le sea negado para poder presentar su solicitud ante las autoridades estadounidenses.

La decisión de este jueves no afecta a todos los solicitantes de asilo, sino que se limita a aquellos a los que se les negó el acceso a EE.UU. en la frontera sur y se les pidió que regresaran más tarde para presentar su petición.

Se calcula que hay miles de personas en esta situación, a quienes ahora se exige demostrar que se les ha negado el asilo en un tercer país pero que, de no haber sido por la actuación de las autoridades estadounidenses, hubiesen entrado en EE.UU. antes de que la regla entrara en vigor.

El Noveno Circuito, con sede en San Francisco (California), ya había fallado anteriormente en favor de los demandantes (una coalición de grupos de defensa de los derechos civiles y de los migrantes), pero dio un tiempo de margen al Gobierno para presentar alegatos.

Al haber pasado ese plazo y considerar que el Ejecutivo no fue capaz de justificar la permanencia de la suspensión en base a un hipotético «daño irreparable», la corte decidió levantarla y dejar sin efecto la política de «tercer país seguro» para esos miles de migrantes.

«La orden de hoy protegerá las vidas de los demandantes de asilo que han sido forzados a superar condiciones extremas durante su espera en las peligrosas ciudades fronterizas durante meses con la vista puesta en poder lograr asilo en Estados Unidos», indicó en un comunicado la responsable de una de las organizaciones querellantes, Erika Pinheiro, directora de Litigios y Políticas del grupo Al Otro Lado.