Washington – El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, en inglés) de EE.UU. difundió este jueves el acuerdo de cooperación para examinar las reclamaciones de protección suscrito en septiembre pasado con Honduras, por el que ambos Gobiernos acordaron el envío a ese país de los solicitantes de asilo a las autoridades estadounidenses y que entra en vigor este viernes.
A continuación, algunas claves de este documento rubricado el pasado 25 de septiembre en Nueva York y que será publicado de forma oficial en el Registro Federal de EE.UU. a partir de este viernes.
El documento se suma a dos acuerdos similares de cooperación en materia de asilo alcanzados con Guatemala, el 26 de julio de 2019, y El Salvador, el 20 de septiembre del año pasado, respectivamente.
¿EN QUÉ CONSISTE?
El convenio delega a Honduras la responsabilidad de examinar, de acuerdo con su sistema de determinación de protección, la solicitud de asilo de cualquier persona que haya hecho ese requerimiento al llegar a un puerto de entrada o al cruzar la frontera entre los puntos de entrada a Estados Unidos.
Esta potestad tiene efecto «en o después de la fecha de entrada en vigor del documento».
Estados Unidos deberá determinar previamente las reclamaciones en el caso de los menores de edad no acompañados, de personas que hayan ingresado a este país con un visado u otro documento válido emitido por las autoridades estadounidenses y que no sea de tránsito o cuando se trata de sujetos que no han sido requeridos para obtener un visado en el país.
¿A QUIÉNES NO COBIJA?
El acuerdo no aplica a los nacionales de Honduras o a quienes son residentes habituales del país centroamericano.
¿QUÉ RESPONSABILIDAD TIENE CADA PAÍS?
Según el convenio, Honduras no podrá devolver o deportar a ninguna persona que haya recibido desde Estados Unidos sin haber hecho una adjudicación administrativa final sobre la petición de protección que esta haya presentado .
Si la persona decide abandonar la petición, el país deberá resolver el caso según su legislación y las obligaciones internacionales.
Por su parte, Estados Unidos será responsable de las personas hasta que se complete su proceso de transferencia.
¿Y LOS MENORES?
El acuerdo señala que para el caso de los menores de edad no acompañados, Estados Unidos lo aplicará conforme a su legislación.
UN ACUERDO INHUMANO, ADVIERTEN ACTIVISTAS
Al reaccionar a la publicación del convenio, Yael Schacher, abogado de la organización humanitaria Refugees International, advirtió en un comunicado que Estados Unidos puede comenzar a enviar solicitantes de asilo a Honduras.
«Esto sería ilegal e inhumano en cualquier momento, porque Honduras es increíblemente peligroso y carece de un sistema de asilo en funcionamiento», indicó el experto, para quien es «absolutamente intolerable» que eso se haga en medio de una pandemia mundial y con Honduras bajo confinamiento.
«Así como el acuerdo de cooperación de asilo del Gobierno de EE.UU. con Guatemala puso en peligro a los solicitantes de asilo y, en última instancia, los devolvió al daño que intentaron escapar en sus países de origen, este acuerdo hará lo mismo», agregó.
El documento se conoce en momentos en que está vigente una orden ejecutiva firmada el pasado 22 de marzo por el presidente de EE.UU., Donald Trump, con la que congela durante al menos 60 días la inmigración al país bajo el pretexto de la destrucción de empleos provocada por la crisis del COVID-19.
A raíz de la pandemia, Estados Unidos ha acordado con Canadá y México el cierre de sus fronteras. La medida mantiene el comercio con el primer país, mientras que el vecino del sur se permite el tránsito comercial de alimentos, combustible, equipos de atención médica y medicamentos.