Tegucigalpa – La Secretaría de Seguridad informó este domingo nuevas disposiciones en las próximas dos semanas para que los hondureños se abastezcan de alimentos, medicinas y combustibles, así como para que hagan sus trámites de manera ordenada mediante el último dígito de su documento de identidad.
Las decisiones se toman en el marco de las acciones del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager), y el toque de queda absoluto que atraviesa el país por la pandemia de COVID-19.
“Para lograr un mayor control preventivo de contagio de COVID-19, se determinó segmentar a la población conforme a la terminación de los dígitos de su tarjeta de identidad, pasaporte y/o carné de residentes, para que puedan abastecerse de alimentos, medicinas, combustibles y realizar sus trámites de manera ordenada durante los días, lunes miércoles y viernes, con horario de 09:00 am a 3:00 pm, vigente a partir del día lunes 30 de marzo, hasta el domingo 12 de abril de 2020”, reza el comunicado de la Secretaría de Seguridad.
Es así que la siguiente tabla ilustra la manera en que se podrá circular para tramites específicos en todo el territorio nacional:
La medida se aplica para supermercados, gasolineras, farmacias y bancos, los cuales permanecerán abiertos únicamente durante los días programados, asimismo se informa que los salvoconductos estarán vigentes mientras dure la emergencia.
En tanto, los martes, jueves, sábado y domingo, queda prohibida la circulación de vehículos, salida de personas a nivel nacional, salvo las excepciones ya establecidas en el decreto ejecutivo No. PCM-021-2020, quienes deben justificar ante la autoridad competente su movilización; portando su respectivo salvoconducto.
Solamente se permitirá a dos personas a bordo de un vehículo, solo una de ellas podrá realizar los trámites en los comercios ya descritos; por el incumplimiento de esta medida será sujeto al decomiso del vehículo por el término que dure esta emergencia, asimismo se procederá con la detención de las personas a bordo hasta por 24 horas según lo establecido en la Ley de Convivencia y Seguridad Ciudadana.
Referente a la circulación de equipo pesado, personas con salvoconducto, productores de la cadena agroalimenticia y personal que conforman Sinager; podrán circular por lo que dura la alerta, siempre y cuando justifiquen labores de trabajo, sometiéndose a medidas de bioseguridad de instituciones públicas o privadas y lugares que las tengan establecidas.
Asimismo, se instruye a todas las empresas autorizadas para laborar, tomar todas las medidas de bioseguridad, como: uso de mascarilla a sus empleados, toma de temperatura, uso de gel antibacterial o alcohol y fila de hasta 2 metros por persona, de igual manera se recomienda a la población en general el uso de mascarilla cuando visita estos lugares.
Con relación a los vuelos internacionales programados durante la vigencia de esta medida, serán habilitados los aeropuertos de Tegucigalpa y San Pedro Sula los que deberán operar sujetos a restricciones, igualmente las aduanas aéreas, marítimas y terrestres seguirán laborando normalmente para las importaciones y exportaciones.